7 jun 2010

Morosos: recuperar el IVA, una misión algo menos imposible


Por Antonio Bravo Ruiz y Ángel Mª García García
ECOBOGA

No son pocos los problemas a los que tienen que enfrentarse las empresas en su diaria lucha por mantenerse en el mercado. El caso de los morosos es especialmente delicado, pues después de conseguir realizar una venta en estos días, nos encontramos con un nuevo problema a la hora de realizar el cobro de la misma. Si encima el deudor es una entidad pública… mejor casi olvidarse. Ante esto no debemos olvidar que no toda la deuda es nuestra, sino que un porcentaje, habitualmente el 16%, corresponde a las arcas del Estado, que nos encomienda la labor gratuita de gestión de cobro, y que nos ha tocado a nosotros ingresarlo a pesar de nuestro estado de tesorería. Esto es un hecho por todos conocido y asumido, no estamos hablando de nada nuevo.


La legislación prevé un mecanismo de rectificación de esta injusta situación, si bien, acarrea un engorroso procedimiento que en la mayoría de los casos hace desistir incluso del intento a la empresa, puesto que conlleva más costes que beneficios, sin olvidar el respeto, por denominarlo cortésmente, que a todos nos supone dirigirnos a Hacienda.

Ahora bien, el pasado mes de abril, se publicó el Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, y sorprendentemente incluye una muy importante reducción del coste del proceso: bajo ciertos requisitos, que las Pymes cumplen en su mayoría sin muchas complicaciones, se ha eliminado la necesidad de iniciar un costoso procedimiento judicial para poder rectificar la cuota de IVA, sustituyéndolo por un más sencillo y económico requerimiento notarial.

Aunque el proceso sigue siendo complicado, y muy inflexible en lo que a plazos, comunicaciones y requisitos formales se refiere, al menos se ha salvado el escoyo del procedimiento judicial, por lo que es hora de revisar nuestros morosos y utilizar esta puerta abierta que nos han facilitado. Recordemos que el plazo para ponernos al día respecto a la normativa anterior vence el próximo 13 de julio, así que manos a la obra.